Blog dedicado al Derecho del Trabajo, su estudio e intercambio de información del mundo laboral.
31 de agosto de 2012
EN HOMENAJE A:
- El 40 Aniversario de la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, “Guillermo Cabanellas”.
- El 15 Aniversario de la Universidad Tecnológica del Perú.
- Al Dr. Domingos Savio Zainaghi, Paspresidente de la AIDTSS.
DIRIGIDA A:
E mpresarios, trabajadores, profesionales, autoridades públicas y privadas, estudiantes y para todas aquellas personas interesadas en la temática por desarrollarse.
TEMAS:
1. Responsabilidad Social Empresarial.
2. Política de Inspección en el Trabajo.
3. Las Relaciones Laborales y Mutaciones Tecnológicas.
4. La Empresa y el Medio Ambiente.
5. El Derecho del Trabajo y la Inclusión Social.
6. El Sida/VIH, el Alcoholismo, la Drogadicción y el Tabaquismo
en el Trabajo.
7. El Futuro de la Seguridad Social frente a los cambios.
8. El Estres y la ergonomia en el Trabajo.
9. Derecho Penal Laboral.
10. Situación Laboral de los trabajadores migratorios.
11. Cláusulas sociales en los TLC.
12. Asedio moral y hostigamiento sexual en el trabajo.
Los temas serán desarrollados a través de conferencias magistrales. Luego, serán analizados y comentados por un panel integrado por los representantes del Estado, la empresa y el trabajo.
Posteriormente, el participante tendrá oportunidad de intervenir sobre el tema desarrollado. De esta manera, el diálogo será mucho más dinámico y esclarecedor, y permitirá dilucidar y actualizar conocimientos.
Los participantes Categoría Delegados recibirán el Diploma y la
Declaración de la XXVII Jornada. Asimismo, tendrán derecho a
participar en todos los actos académicos, culturales y sociales
programados.
Los estudiantes tendrán derecho a recibir el Diploma y la
Declaración, y a participar en las actividades académicas y
culturales programadas.
Los acompañantes tendrán derecho a participar en todas las
actividades de la XXVII Jornada.
PRESENTACIÓN DE PONENCIAS:
Los trabajos y/o ensayos serán presentados por los interesados en las materias que cada uno de ellos considere de mayor importancia. No excederá de 15 cuartillas, incluyendo un anteproyecto de Resolución. La recepción quedará cerrada el 31 de julio del 2012.
FECHA, SEDE Y HORARIOS:
1. La jornada tendrá cabal cumplimiento del 28 al 30 de noviembre del año 2012.
2. Los temas se desarrollarán en el Auditorio de la UTP, Av. Petit Thouars Nº 116, Lima
3. De 8:30 am. a 12:00 y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
EXPOSICIÓN DE OBRAS:
Habrá una exposición de las obras de aquellos autores
deseosos de divulgar. Se abrirá un registro ad hoc para los
interesados. Los autores pueden enviar su producción
literaria al Comité 3 ejemplares de cada título. La recepción
se cerrará el 31 de septiembre de 2012.
ACREDITACIÓN Y MÁS INFORMACIÓN:
Categoría Delegado no Nacional ………....... US $ 100.=
Categoría Delegado Nacional ………………... US $ 100.=
Estudiantes pre-grado ………………….......... US $ 30.=
Los invitados y los interesados en los temas podrán solicitar
mayor información sobre la XXVII Jornada en:
1. Av. 28 de Julio Nº. 1004, Of. 8. Lima, Perú. Telfs.: (00-51-1) 332-3734, 332-3735
2. E-mail: teodosio@oroazul.org E-mail: tpalominoaidtss@gmail.com
Pág. Web: www.oroazul.org
3. Por correspondencia, en vía de aclaración o complementación, se servirán dirigirse al Dr. Teodosio A. Palomino, a los correos en referencia.
HOTELES:
SHERATON
Hab. Simple: $130 Hab. Doble: $140
- Desayuno buffet, no está incluido los impuestos
- Paseo de la República # 170, Lima - Telf.: 511-3155000
- E-mail: lima.reservations@sheraton.com
BOLIVAR
Hab. Simple: $ 65.00 Hab. Doble: $ 75.00
- Desayuno continental, incluido los impuestos
- Plaza San Martín, Lima - Telf.: 511 619 7171
- E-mail: eventos1@granhotelbolivar.com.pe
SAN AGUSTIN RIVIERA
Hab. Simple: $ 45.00 Hab. Doble: $ 55.00
- Desayuno buffet, incluido los impuestos
- Av. Garcilazo de la Vega 981, Lima - Telf.: 511 4249438
- E-mail: marketing@hotelessanagustin.com.pe
THE CLIFFORD HOTEL
Hab. Simple: $ 60.00 Hab. Doble: $ 70.00
- Desayuno continental, incluido los impuestos
- Parque Hernán Velarde 27 - Sta. Beatriz, Lima
- E-mail: reservas@thecliffordhotel.com.pe
- Telf.: 511 433 4249
La Inspección de Trabajo en El Salvador.
Por Carolina Morán.
“A la administración laboral, por medio de la Inspección de Trabajo, se encomienda la importante función de vigilar el cump
limiento de la normativa laboral por parte de los obligados a ello;” función que se realiza por intermedio de un sistema integral de inspección del trabajo y de la seguridad social.
Como sabemos el Estado es el ente encargado de sancionar normas con el fin de proteger al trabajador y regular el vínculo mediante el cual este presta sus servicios y el patrono los remunera, pero para que dichas normas logren su objetivo es necesario que en la práctica se cumplan, y es donde entra la inspección de trabajo para verificar ese cumplimiento u orientar al mejor cumplimiento de la norma laboral.
La inspección de trabajo juega un rol muy preponderante, ya que si esta es eficaz nos encontramos en presencia de una adecuada aplicación de la normativa laboral, pero ahora bien, no significa que los inspectores de trabajo sólo van a verificar el cumplimiento de la norma, sino que, estos deben de aconsejar a los empleadores sobre la mejor manera de mejorar la aplicación de la norma laboral, el rol del inspector no debe de ser un rol coercitivo sobre el empleador, que venga a amenazar sobre la diligencia de una sanción por la inadecuada aplicación de la norma, sino más bien, un rol orientador mediante el cual explique la forma y la manera de aplicar la ley y ese rol que viene siendo de asesoría se debe de extender también a los trabajadores, abarcando sobre cómo pueden hacer valer sus derechos laborales.
Ese rol inspectivo como sabemos viene abarcando temas como trabajo infantil, salarios, tiempo de trabajo, despidos en casos de fuero sindical o embarazo, tiempo de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, entre otros; es un rol que tiende a optimizar y a verificar los vacíos en las normas laborales, ya que al estar en presencia de casos concretos los inspectores pueden determinar y hacer observaciones para que mediante las autoridades respectivas se puedan plantear reformas a la legislación. Visto desde esa perspectiva la inspección viene a ser un gran aporte a la hora de legislar en materia laboral.
CLASES DE INSPECCIÓN EN EL SALVADOR:
Inspección programada: La inspección programada es aquella que se encuentra considerada en el plan mensual elaborado por la autoridad competente y tiene por objeto constatar el cumplimiento de las disposiciones legales y prevenir los riesgos laborales.
Inspección especial o no programada: La inspección especial o no programada es aquella que se lleva a cabo para verificar hechos expresamente determinados, vinculados a la relación laboral, que requieran de una inmediata y urgente comprobación.
17 de agosto de 2012
Empleo temporal: ¿Una trampa?
OIT Noticias analiza la situación de jóvenes atrapados en empleos temporales y con pocas perspectivas de obtener un empleo a tiempo completo.
El trabajo temporal puede ser una buena manera para que los jóvenes adquieran experiencia laboral mientras estudian o viajan. Pero, a medida que la crisis del empleo juvenil continúa causando problemas, los empleos temporales se van convirtiendo, en muchos casos, en una opción de último recurso.
El número de contratos temporales para los trabajadores jóvenes casi se ha duplicado desde el inicio de la crisis económica, y los jóvenes en las economías desarrolladas tienen muchas más probabilidades que los adultos de tener empleos temporales.
Ekkehard Ernst, quien dirige la Unidad de Tendencias del Empleo de la OIT, señaló que el incremento del trabajo temporal ha sido particularmente significativo en los países más afectados por la crisis del euro
“En la Unión Europea constatamos que los trabajadores temporales – o los contratos temporales – son muy frecuentes entre los jóvenes, más que entre la población adulta. Hasta 70 por ciento de los jóvenes trabaja con contratos temporales, en comparación con 20 por ciento de los adultos."
"Además, los países en crisis han registrado un incremento más rápido del empleo temporal desde que comenzó la crisis, hasta 13 por ciento en Irlanda y cerca de 2,5 por ciento en España."
La crisis del empleo juvenil es tan grave que los trabajos temporales son objeto de una competencia feroz, una situación que probablemente continuará por algún tiempo
“En la situación actual muchos jóvenes perciben el empleo temporal como la única manera de entrar al mercado laboral y ciertamente continuarán a competir con mucha decisión por estos empleos. Puesto que la recuperación no se está consolidando con firmeza, esta situación no se revertirá."
"De hecho, las condiciones económicas mundiales empeorarán de nuevo, y en la Unión Europea, por ejemplo, se prevé otro ciclo de condiciones de recesión para finales del año."
Para los empleadores tiene sentido utilizar los contratos temporales durante una crisis
"En tiempos de crisis, las empresas están muy interesadas en emplear sólo trabajadores temporales debido a las incertidumbres que enfrentan sobre sus ingresos y situación de la demanda. Por lo general, prefieren contratar trabajadores temporales antes que personal permanente, ya que es probable que perciban que el momento de los despedidos puede llegar rápidamente si cambian las condiciones de la demanda."
"Además, en general, los trabajadores temporales tienen menos cobertura de seguridad social y menor acceso a la formación, lo cual hace que sean menos costosos para las empresas."
Los jóvenes, con frecuencia, no pueden obtener contratos permanentes porque carecen de experiencia
"Los jóvenes enfrentan el problema que tienen menos calificaciones y menos vínculos con el mercado laboral, lo cual se traduce en que las empresas están poco dispuestas a emplearlos con contratos permanentes."
"Actualmente, los jóvenes corren el peligro de estar empleados constantemente con contratos temporales, con menores perspectivas profesionales y una menor evolución en términos de salario."
Es necesario que los gobiernos acudan al rescate a fin de ayudar a mejorar las perspectivas de los jóvenes
"Además, es necesario que los gobiernos propicien la transición de contratos temporales a contratos permanentes. Los gobiernos también pueden ayudar o estimular a las empresas a emplear jóvenes con contratos permanentes."
"También podrían instituir incentivos fiscales a fin de permitir que los jóvenes sean empleados bajo condiciones estables y para reducir la diferencia en términos de costos entre el trabajo temporal y regular."
Link: http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/press-and-media-centre/insight/WCMS_186904/lang--es/index.htm
Empleo juvenil: cómo promoverlo
El Día Internacional de la Juventud – que se celebra el 12 de agosto – centra la atención sobre los desafíos apremiantes que enfrentan los jóvenes. OIT Noticias analiza las prácticas que pueden contribuir a superar el problema del desempleo juvenil.
La promoción del empleo juvenil se ha convertido en una prioridad para muchos gobiernos en momentos en que 75 millones de jóvenes a nivel mundial no encuentran trabajo.
La OIT ha advertido sobre el riesgo de una generación de trabajadores jóvenes que quedará “marcada” por los altos niveles de desempleo, la creciente inactividad y el trabajo precario en los países desarrollados, así como un nivel alto de trabajadores pobres en el mundo en desarrollo.
El Día Internacional de la Juventud, que se celebra todos los años el 12 de agosto, busca llamar la atención sobre temas que afectan a los jóvenes. Es también una oportunidad para destacar algunas de las políticas y prácticas que pueden ayudar a abordar la crisis del empleo juvenil.
Garantías para jóvenes
Los programas que garantizan que los jóvenes tengan acceso a un empleo, educación o formación han dado buenos resultados en un número de países.
En Finlandia, se estima que la tasa de éxito del sistema de garantías a los jóvenes supera el 80 por ciento. Durante los primeros tres meses de desempleo, los jóvenes inscritos en este programa deben recibir una oferta de empleo, educación académica, formación profesional u otras medidas dirigidas a mejorar sus perspectivas de trabajo.
En otros países estos programas se concentran más en incrementar el nivel educativo a fin de mejorar la futura empleabilidad de los jóvenes. En Nueva Zelandia, la iniciativa Garantía para jóvenes tiene por objetivo facilitar la transición entre la escuela, la educación superior y el trabajo. Lo hace facilitándoles el acceso al estudio a jóvenes de 16 y 17 años que no siguen programas de formación.
Educación y formación profesional
La educación y formación técnica y profesional (EFTP) puede desempeñar un papel central en la preparación de los jóvenes para el trabajo, siempre y cuando los programas reflejen las necesidades del mercado laboral. Diversos países han emprendido reformas a fin de que los programas se adecuen más a las demandas actuales del mercado laboral.
En China, más de 3.000 “escuelas para trabajadores capacitados” ofrecen cursos de formación profesional básica. Cerca de 95 por ciento de quienes terminan los estudios – en 1998 se graduaron casi 400 millones de jóvenes – encuentran trabajo.
Vietnam está diversificando el sistema de formación profesional para incluir programas de formación a tiempo completo y a ritmo periódico, programas itinerantes y programas de formación en empresas y aldeas donde se practican oficios tradicionales. Estas últimas son pequeñas comunidades cuyos habitantes trabajan juntos en la fabricación de productos específicos.
El sistema dual – que combina la educación escolar con la formación y el aprendizaje en la empresa – es característico de Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, y más recientemente deNoruega. Dinamarca y Suiza se encuentran entre los países OCDE que tienen tasas de desempleo juvenil más bajas, mientras que Austria se sitúa muy por debajo del promedio OCDE.
Anticipar las necesidades de calificaciones
Anticipar la necesidad de competencias es un elemento fundamental de las estrategias de formación y desarrollo de calificaciones.
La Comisión para el Empleo y las Competencias Laborales del Reino Unido ofrece información sobre el mercado laboral y asesora el Gobierno en materia de políticas de calificaciones. Es un organismo público constituido por representantes de empleadores, sindicatos, gobierno y la sociedad civil.
El modelo de crecimiento sostenido de la República de Corea ha sido atribuido en parte a una estrategia de desarrollo de competencias dirigida por el Gobierno, a fin de garantizar que la industria encuentre la mano de obra que necesita. La inversión en una fuerza de trabajo instruida y altamente calificada ha sido una parte integral de una estrategia que propicia la adopción de nuevas tecnologías.
Programa ampliado de obras públicas
Sudáfrica tiene una tasa de desempleo juvenil del 50 por ciento, además de niveles elevados de pobreza y competencias profesionales inadecuadas. En 2004, el gobierno introdujo el Programa Ampliado de Obras Públicas (EPWP) a fin de apoyar el ingreso de las personas mediante el trabajo temporal.
El programa contribuye a desarrollar calificaciones valoradas en el mercado laboral y capacidades empresariales entre los sectores marginados de la sociedad. En 2010-11, creó unos 200.000 empleos a tiempo completo, la mitad de los cuales fueron para jóvenes. El gobierno recibe apoyo técnico de la OIT para la elaboración e implementación del EPWP.
Subsidios salariales
Los subsidios salariales y otros incentivos fiscales –como la exoneración temporal de la seguridad social– para los empleadores que contratan jóvenes pueden facilitar la transición de la escuela al trabajo.
En Francia e Italia, se otorgan incentivos fiscales a los empleadores que contratan y proporcionan formación en la empresa a los jóvenes. Los subsidios salariales son más eficaces cuando son elaborados para abordar las desventajas específicas que los jóvenes enfrentan en el mercado laboral y cuando se conceden por un período de tiempo limitado.
Las reformas que facilitan la transición al empleo formal
Después de la crisis económica que estremeció el país en el primer decenio del 2000, el Gobierno de Argentina emprendió una serie de reformas para abordar el elevado nivel de informalidad. Estas medidas incluyeron la adopción de una ley que establecía la reducción de las cotizaciones a la seguridad social durante los primeros 12 meses para el personal recién contratado.
También se adoptó una ley que preveía sanciones para las empresas que explotaran a los aprendices y a los trabajadores jóvenes. Se introdujeron además medidas para combatir la informalidad en las profesiones donde esta práctica es más frecuente. Por ejemplo, se simplificó el registro de los trabajadores domésticos.
Link: http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/press-and-media-centre/insight/WCMS_187087/lang--es/index.htm
España tiene todas las de ganar con los empleos verdes
Un informe patrocinado por la OIT sostiene que la economía verde puede ayudar a España a vencer la crisis del empleo. El desafío: instaurar las políticas adecuadas.
La transformación hacia una economía verde en España tiene un enorme potencial para crear nuevos empleos en momentos en que el país registra una tasa de desempleo juvenil de 50 por ciento, según un informe publicado recientemente.
Sin embargo, el informe titulado “Empleos verdes para el desarrollo sostenible. El caso Español” advierte que la gravedad de la recesión, sumada a las medidas de austeridad adoptadas para contenerla, hace peligrar la creación de empleos verdes.
Esto tendrá un “impacto significativo sobre el empleo y el crecimiento”, agrega el informe. En la actualidad, hay entre 400.000 y 500.000 empleos verdes en España, lo cual equivale a cerca de 2,2 por ciento del empleo total del país. La economía verde contribuye genera cerca de 25.000 millones de dólares al año, o 2,4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).
El informe – producido por Sustainlabour, con la asistencia técnica de la OIT – destaca que la creación de empleos verdes puede de hecho ayudar a superar la recesión.
El informe cita datos del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE) y de la Fundación Biodiversidad (FB), que indican que más de 1 millón de empleos verdes podrían ser creados de aquí al 2020 en España, dependiendo del apoyo que estos sectores reciban en términos de medidas políticas.
“La economía verde ofrece una buena oportunidad para incrementar la competitividad, promover la creación de empleo de calidad y reducir el impacto ambiental de la economía”, afirmó Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT en Madrid. “Esto puede ser aplicado particularmente bien al caso de España, que necesita reactivar su economía”.
Estudios recientes muestran que los sectores verdes en Europa han superado la recesión mejor que otros sectores. La Comisión Europea declaró, en los primeros meses de este año, que el crecimiento del empleo en las eco-industrias alcanzó un promedio de 2,7 por ciento anual entre 2000 y 2008, comparado con 1 por ciento para la economía en general.
Sin embargo, el informe titulado “Empleos verdes para el desarrollo sostenible. El caso Español” advierte que la gravedad de la recesión, sumada a las medidas de austeridad adoptadas para contenerla, hace peligrar la creación de empleos verdes.
Las perspectivas de empleos verdes en diversos sectores: |
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El informe – producido por Sustainlabour, con la asistencia técnica de la OIT – destaca que la creación de empleos verdes puede de hecho ayudar a superar la recesión.
El informe cita datos del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE) y de la Fundación Biodiversidad (FB), que indican que más de 1 millón de empleos verdes podrían ser creados de aquí al 2020 en España, dependiendo del apoyo que estos sectores reciban en términos de medidas políticas.
“La economía verde ofrece una buena oportunidad para incrementar la competitividad, promover la creación de empleo de calidad y reducir el impacto ambiental de la economía”, afirmó Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT en Madrid. “Esto puede ser aplicado particularmente bien al caso de España, que necesita reactivar su economía”.
Estudios recientes muestran que los sectores verdes en Europa han superado la recesión mejor que otros sectores. La Comisión Europea declaró, en los primeros meses de este año, que el crecimiento del empleo en las eco-industrias alcanzó un promedio de 2,7 por ciento anual entre 2000 y 2008, comparado con 1 por ciento para la economía en general.
La OIT define los empleos verdes como “empleos decentes que reducen el consumo de energía y materias primas, limitan las emisiones de gases de efecto invernadero, minimizan los desperdicios y la contaminación, y protegen y restablecen los ecosistemas”. Sostiene que un enfoque estratégico integral es esencial para garantizar que el impulso hacia una economía más respetuosa del medio ambiente sea sostenible. Esto requiere de incentivos y apoyo por parte de las empresas, la extensión de la protección social, apoyo a los ingresos y medidas de formación profesional dirigidas a los trabajadores, y diálogo social que involucre a empleadores y sindicatos. |
Los recortes salariales pueden perjudicar el crecimiento
Las reducciones de salarios tienden a incrementar la productividad, pero también pueden afectar el crecimiento económico ya que disminuye el consumo interno, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La OIT advirtió que reducir los salarios con la intención de estimular la competitividad y disminuir el desempleo puede producir el efecto contrario.
La semana pasada, el Banco Central Europeo (BCE) publicó su informe mensual de agostoen el que hacía un llamado a favor de una mayor flexibilidad en el proceso de determinación de los salarios – como la reducción del salario mínimo – y medidas dirigidas a fortalecer la competitividad.
Según la OIT, una disminución de los salarios tiende a generar un incremento de las exportaciones, pero también deprime el consumo interno, lo cual afecta el crecimiento. Dado el nivel de incertidumbre económica del momento, tampoco está claro si los recortes salariales generarían los incentivos suficientes para aumentar las inversiones.
“Cuando la disminución de salarios reduce el consumo interno más de lo que incrementa las exportaciones y las inversiones, se produce un efecto negativo sobre el crecimiento económico de un país”, señaló Patrick Belser, economista principal del Programa sobre las condiciones de trabajo y empleo de la OIT y editor principal del Informe mundial sobre salarios de la OIT.
“Esto explica por qué la caída de los salarios en períodos de crisis puede en realidad conducir a una espiral descendente de la demanda agregada y a la deflación de los precios, en vez que a una más rápida recuperación de la economía”, agregó Belser.
La OIT advirtió también que el intento por recuperar competitividad a través de menores costos del trabajo – recortando los salarios o permitiendo que la productividad crezca a un ritmo mayor que los salarios – será insostenible a nivel mundial.
“Si la disminución competitiva de los salarios es perseguida simultáneamente en todos los países, los beneficios competitivos se anularán, y el efecto regresivo de la reducción global de los salarios sobre el consumo conducirá a una depresión a escala mundial de la demanda agregada y del empleo”, explicó Belser.
Un crecimiento de salarios sistemáticamente superior al crecimiento de la productividad laboral es insostenible. También lo contrario es cierto. “El objetivo es que los salarios y la productividad crezcan al mismo ritmo”, concluyó Belser.
La semana pasada, el Banco Central Europeo (BCE) publicó su informe mensual de agostoen el que hacía un llamado a favor de una mayor flexibilidad en el proceso de determinación de los salarios – como la reducción del salario mínimo – y medidas dirigidas a fortalecer la competitividad.
Según la OIT, una disminución de los salarios tiende a generar un incremento de las exportaciones, pero también deprime el consumo interno, lo cual afecta el crecimiento. Dado el nivel de incertidumbre económica del momento, tampoco está claro si los recortes salariales generarían los incentivos suficientes para aumentar las inversiones.
“Cuando la disminución de salarios reduce el consumo interno más de lo que incrementa las exportaciones y las inversiones, se produce un efecto negativo sobre el crecimiento económico de un país”, señaló Patrick Belser, economista principal del Programa sobre las condiciones de trabajo y empleo de la OIT y editor principal del Informe mundial sobre salarios de la OIT.
“Esto explica por qué la caída de los salarios en períodos de crisis puede en realidad conducir a una espiral descendente de la demanda agregada y a la deflación de los precios, en vez que a una más rápida recuperación de la economía”, agregó Belser.
Si la disminución competitiva de los salarios es perseguida simultáneamente en todos los países, los beneficios competitivos se anularán." |
La OIT advirtió también que el intento por recuperar competitividad a través de menores costos del trabajo – recortando los salarios o permitiendo que la productividad crezca a un ritmo mayor que los salarios – será insostenible a nivel mundial.
“Si la disminución competitiva de los salarios es perseguida simultáneamente en todos los países, los beneficios competitivos se anularán, y el efecto regresivo de la reducción global de los salarios sobre el consumo conducirá a una depresión a escala mundial de la demanda agregada y del empleo”, explicó Belser.
Un crecimiento de salarios sistemáticamente superior al crecimiento de la productividad laboral es insostenible. También lo contrario es cierto. “El objetivo es que los salarios y la productividad crezcan al mismo ritmo”, concluyó Belser.
Link; http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/press-and-media-centre/news/WCMS_187218/lang--es/index.htm
EL ACOSO SEXUAL.
Carolina Morán.
Definición del acoso sexual:
Conducta de naturaleza sexual, y toda otra conducta basada en el sexo y que afecte a la dignidad de mujeres y hombres, que resulte ingrata, irrazonable y ofensiva para quien la recibe
Cuando el rechazo de una persona a esa conducta, o su sumisión a ella, se emplea explícita o implícitamente como base para una decisión que afecta al trabajo de esa persona (acceso a la formación profesional o al empleo, continuidad en el empleo, promoción, salario o cualesquiera otras decisiones relativas al empleo) y
Conducta que crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para quien la recibe.
El acoso sexual es una forma de discriminación por razón del género, tanto desde una perspectiva legal como en su concepto. Si bien los hombres pueden ser también objeto de acoso sexual, la realidad es que la mayoría de víctimas son mujeres. El problema guarda relación con los roles atribuidos a los hombres y a las mujeres en la vida social y económica que, a su vez, directa o indirectamente, afecta a la situación de las mujeres en el mercado del trabajo.
Un reciente estudio de la OIT sobre los criterios sobre el acoso sexual mantenidos en las empresas reveló que éste es el punto clave de sus políticas. Es lo que lo diferencia de una actitud amistosa, bien recibida y mutua. Porque el factor determinante del acoso sexual no depende de la intención de la persona culpable: es la persona receptora de dicha actitud la que decide si una conducta de naturaleza sexual es bien recibida o no lo es.
¿Cuáles son sus consecuencias?
CON RELACIÓN A LOS EMPLEADOS, las consecuencias del acoso sexual pueden ser demoledoras para la víctima. Además de los dañinos efectos físicos y psíquicos mencionados antes, la víctima corre el riesgo de perder su trabajo o experiencias relacionadas con él, tales como su formación profesional, o llegar a sentir que la única solución posible es renunciar a todo ello. El caso sexual lleva a la frustración, pérdida de autoestima, absentismo y una merma de la productividad.
CON RELACIÓN A LAS EMPRESAS, además de los efectos negativos ya apuntados, el acoso sexual incluso puede ser la razón oculta de que empleados valiosos abandonen o pierdan su puesto de trabajo, cuando, por otra parte, habían dado muestras de un buen rendimiento. Y si la empresa consiente un clima de tolerancia hacia el acoso sexual, su imagen puede verse dañada en el supuesto de que las víctimas se quejen y hagan pública su situación. Por añadidura, corre también crecientes riesgos financieros, porque cada día son más los países en que una acción judicial a instancia de las víctimas puede fácilmente determinar daños e imponer sanciones económicas.
11 de agosto de 2012
EMPLEO
JUVENIL Y SU DERECHO A LA FORMACIÓN
EN EL SALVADOR
*Carolina
Morán de Gómez
La normativa laboral
Salvadoreña cuenta con los parámetros básicos para la protección de los jóvenes
trabajadores, incorporando como leyes de la República los Convenios
de la
Organización Internacional del Trabajo que vinculan a este
grupo de la población.
El país cuenta con
programas dirigidos a la población
juvenil, con el objeto de capacitarlos y formarlos para que su inserción al
mercado de trabajo se facilite y de esa forma sean competitivos, ya que a más
años de estudio mejor es el empleo al que pueden incorporarse.
En términos
generales, se define a la juventud como la etapa del ciclo vital anterior al
comienzo de la vida adulta, en la que influyen factores como la edad promedio a
la que los jóvenes completan su educación y su formación inicial y la edad
promedio a la que éstos empiecen a desempeñar su papel de adultos en la
comunidad. La definición habitual en las Naciones Unidas de jóvenes se
encuentra comprendida en las personas cuyas edades están entre los 15 y los 24
años[1].
En El Salvador el rango de
edades para la definición de “juventud” está basado en el parámetro que
establecen las Naciones Unidas, aunque el término joven hace algunos años no se
utilizaba, existían solamente los términos como menor o adulto siendo la
diferencia entre estos que el adulto era el que cumplía su mayoría de edad (18
años), introduciéndose la palabra o el término joven hace muy poco tiempo, con
la creación de la Secretaría Nacional de la Juventud[2]
en el año 2004, la cual fue a iniciativa de la Presidencia de la República, quien
incorporó su creación en el Plan de Gobierno “País Seguro” y a su vez le ha
dado prioridad al programa presidencial “El Salvador: País Joven” el que tiene como
fin la atención a los jóvenes en temas como: proyecto de vida, educación de la
sexualidad, prevención de violencia, capacidades laborales, inserción laboral,
educación, entre otros.
I.
EMPLEO JUVENIL.
En los
últimos años, el creciente desempleo mundial ha afectado especialmente a los jóvenes.
El número de jóvenes desempleados aumentó de forma constante entre 1993 y 2003,
hasta alcanzar el máximo actual (aunque el aumento continúa) de 88 millones de
jóvenes sin empleo. Esto sitúa la parte de los jóvenes en el total del
desempleo en el 47 por ciento, cifra especialmente preocupante dado que los
jóvenes representan sólo el 25 por ciento de la población en edad de trabajar.[3]
En El Salvador las dos
terceras partes de la población poseen menos de 30 años; el 20% comprende entre
los 15 y 24 años, lo cual coincide con las tendencias mundiales de los países
en desarrollo, según las Naciones Unidas. Este aspecto demográfico se refleja,
además, en términos económicos: en 2003, la juventud salvadoreña representó la
cuarta parte de la Población Económicamente Activa (PEA), que constituye la
oferta laboral más importante, según grupos etários. La PEA joven, que está
conformada por personas ocupadas y desempleadas, enfrenta una serie de
desventajas laborales en relación con las personas adultas. Entre las y los
jóvenes ocupados, el 40% posee un subempleo invisible y trabaja el mismo tiempo
que un adulto por menos dinero. Así, el 13% de la población de 15 a 24 años se
encuentra desempleada (15 en el caso de los hombres, 10 en el caso de las
mujeres), porcentaje que se duplica en comparación con el de los adultos (25 a
45 años) y se triplica, si se compara con el de los mayores de 45 años.
Una característica
distintiva del mercado laboral es su dinámica, dado que siendo el empleo una
variable de carácter económico, su comportamiento en cuanto a la oferta y la
demanda está sujeto al funcionamiento de otras variables que inciden en él,
siendo un factor de mucha influencia el nivel educativo de los trabajadores, no
sólo porque vuelve más eficaz y baja los costos de la capacitación para el
trabajo, sino también porque el mercado laboral en El Salvador, está exigiendo
como mínimo que la fuerza de trabajo tenga por lo menos ocho años de educación
básica, aún para puestos de poca calificación. Según el registro del
Observatorio del Mercado Laboral del Instituto Salvadoreño de Formación
Profesional (INSAFORP), el 37% de los puestos ofrecidos a través de los avisos
en prensa desde enero del año 2000, requieren al menos que los candidatos
tengan grado de bachiller, conozcan otro idioma y tengan conocimientos de
computación.
Lo antes relacionado fue
señalado en un documento del Departamento de Desarrollo Sostenible del Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) de fecha febrero del año 2000, en el que se
dice que “la creciente interdependencia
de los mercados y el cada vez mayor contenido intelectual de la producción,
requieren de una fuerza laboral con conocimientos sólidos de matemática,
lenguaje y comunicaciones, así como también, mayor flexibilidad y creatividad, además
de una habilidad para trabajar en cooperación con los demás. En este nuevo
ambiente, la educación secundaria tiene importancia crítica para el éxito de
los países”.
En El Salvador, el
56.56% de la población ocupada tiene la educación básica aprobada, pero hay un
3.5% de esta población que no tiene ningún nivel educativo, lo que la coloca en
condición de riesgo de mayor exclusión laboral en el sector formal de la
economía.
- Marco Jurídico
El marco Jurídico de la
legislación salvadoreña que regula el Empleo Juvenil lo encontramos a partir de
la Constitución de la República[4]
la cual fundamenta el trabajo en principios generales que tienden al
mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores y establece un
régimen especial de trabajo que regula derechos a favor de los menores, la
autorización para su ocupación, su jornada y su protección garantizando el
derecho de éstos a la educación y a la asistencia.[5]
El Código de Trabajo establece el
marco regulatorio sobre el trabajo de los jóvenes, estipulando parámetros básicos
para la contratación de los menores[6],
asimismo, establece normas de protección y una serie de restricciones para
garantizar que no se den abusos hacia este grupo poblacional[7],
cuidando que estos no sean utilizados en labores peligrosas o insalubres.
Los Convenios de la
Organización Internacional del Trabajo que han sido ratificados por El Salvador
y que protegen a los jóvenes son:
- C77 Convenio sobre el Examen Médico de los
Menores (Industria), 1946
- C78 Convenio sobre el
Examen Médico de los Menores (Trabajos no Industriales), 1946
- C138 Convenio sobre la Edad Mínima, 1973
- C142 Convenio sobre Desarrollo de los Recursos Humanos , 1975
- C182 Convenio sobre las peores Formas de
Trabajo Infantil 1999
Cabe mencionar que la Constitución en su artículo
144 establece que los Tratados Internacionales ratificados por El Salvador,
constituyen Leyes de la República ,
por lo que son vinculantes para todos sus habitantes.
El Salvador se ha
adherido a la Carta Iberoamericana de Derechos de la Juventud, impulsada
por la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ), que brinda un conjunto
armónico de normas relacionadas con la juventud y las políticas de juventud, en
cuyo marco se pueden desarrollar –con más pertinencia y rigurosos fundamentos-
los Planes Nacionales de Juventud. Aunque por su propio carácter y en virtud
del estado actual de ratificación por parte de los gobiernos miembros de la
OIJ, esta Carta no tiene todavía carácter vinculante, no obstante, orienta en
buena medida la formulación de este Plan.
Por otra parte el Código
de Trabajo regula el trabajo de los aprendices como un régimen especial[8]
y conceptúa el contrato de aprendizaje como “el convenio escrito en virtud del cual una persona, natural o jurídica,
se obliga por sí o por tercero, a enseñar a otra persona natural, la práctica y
preparación técnica de un oficio, arte u ocupación, y a pagarle una retribución
equitativa”.
2. Contrato de Aprendizaje.
Contemporáneamente se define al aprendiz como a la persona
que recibe la enseñanza de un oficio especializado, que comprende trabajos
prácticos y que cumple una actividad durante cierto período, con retribución o
sin ella en beneficio de otro, que a cambio de ese trabajo le da tal enseñanza,
en pocas palabras, es la persona que aprende trabajando.
La característica principal de este contrato es la
preparación sistemática para el ejercicio de un determinado oficio calificado,
que se da total o al menos parcialmente dentro de la empresa o en el lugar que
el empleador inscriba al aprendiz y cuya duración se ha señalado de antemano.
Para el Derecho Laboral, el aprendiz es un trabajador
sujeto a un régimen especial, esto permite aplicarle algunas normas de carácter
laboral que regulen la prestación subordinada de servicios.
El contrato de aprendizaje es un contrato formal, porque se
exige que conste por escrito y que sea aprobado por el Ministerio de Trabajo y
es solemne porque es obligatorio que sea inscrito en dicha institución. Este debe
contener 2 obligaciones principales: la del empleador, que es la obligación de enseñar
un oficio y la del aprendiz, obedecer las instrucciones para asimilar la
enseñanza.
La retribución a pagarle será un salario mínimo especial,
regulada por el Código de Trabajo así: durante el primer año el aprendiz devengará
una retribución que no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo legal
vigente; durante el segundo año, si lo hubiere, recibirá una retribución que no
podrá ser inferior al 75% del salario mínimo y a partir del tercer año, no se
le podrá pagar menos del mínimo legal vigente.
La
doctrina francesa (Durand Vitu Rouast) establece, que el contrato de
aprendizaje, ya sea en la concepción tradicional o moderna se asemeja más a un
contrato de educación, cuya finalidad principal es la instrucción, formación o
capacitación del aprendiz, siendo accesorio el trabajo o rendimiento del
trabajador, ya que el interés del empresario que lo contrata y educa se cifra
más bien en el futuro trabajo del actual aprendiz.
El contrato de aprendizaje debe ser escrito, la formalidad
de la escrituralidad resguarda la seriedad del contrato y protege un doble
interés:
1.- Los derechos laborales del aprendiz, a fin de que no se
desvíe este contrato de incalculable importancia, hacia una particular forma de
contratar a hipotéticos aprendices, mediante el pago de una remuneración
inferior al ingreso mínimo.
2.- El
interés de la capacitación, en cuanto interés público, pues este contrato
obliga al empleador a impartir los conocimientos y habilidades de un oficio calificado,
según un programa establecido, al que deben sujetarse las partes y sobre el
cual tiene una función fiscalizadora el Ministerio de Trabajo.
El Código de Trabajo, además de la obligatoriedad de
otorgar el contrato por escrito, establece en el artículo 61 Inc. 2º, otros 2
requisitos formales para la validez del contrato: a) La aprobación del contrato
por parte del Departamento Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y
Previsión Social, y b) La inscripción en ese mismo Departamento del contrato.
Por razones de equidad y justicia, el legislador se ve
obligado a aplicarles a estos trabajadores por extensión las normas protectoras
de la clase trabajadora, aún cuando a ellos les falta un elemento para que se
pueda apreciar con claridad una relación laboral, y cabe aclarar que el Código
de Trabajo estipula que la terminación del contrato de aprendizaje, en ningún
caso hará incurrir a las partes en responsabilidad.
- Ministerio de Trabajo
y Previsión Social.
La Ley de
Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social[9]
es la que determina el ámbito y composición del sector trabajo y previsión
social; la competencia, funciones y estructura orgánica del Ministerio de
Trabajo y Previsión Social; y su vinculación con las instituciones pertenecientes
a dicho sector.
Así en ese
sentido, al Ministerio de Trabajo le corresponde promover
el empleo y la formación profesional de los recursos humanos, asistir y
controlar los flujos migratorios laborales, por eso le corresponde “formular,
ejecutar y supervisar la política sociolaboral del país”, que incluye el diseño
de las “políticas de empleo”. Dentro del Ministerio, la instancia que debe
cumplir ésta función, por ley, es la Dirección General de Previsión Social, entre
cuyas funciones están: Promover, orientar y evaluar los recursos humanos y el
empleo; contribuir al establecimiento de la política nacional de empleo y
salarios, e impulsar los programas y proyectos de promoción de empleo dirigidos
a la población en general y a los grupos con dificultades especiales de
inserción, como discapacitados, personas de edad avanzada, cesantes de tiempo
prolongado, jóvenes que buscan su primer empleo, y otros que por su naturaleza
le competa. Esta Dirección ofrece el servicio gratuito de colocación a las y
los trabajadores, a través del Departamento Nacional de Empleo, sus oficinas de
empleo permanentes y actividades como ferias de empleo.
A través del servicio público de empleo, se han
puesto en marcha estrategias nacionales como la Red Nacional de Oportunidades de
Empleo, siendo está un esfuerzo desarrollado y coordinado por el Ministerio de
Trabajo, en el cual se integran un conjunto de instituciones públicas y
privadas que interconectadas entre sí, ofrecen los servicios de intermediación
de empleo e información laboral, siendo el principal objetivo de la RED, el brindar un servicio
con vocación descentralizadora a través de medios e instrumentos modernos y
ágiles, que posibiliten llegar a todos los rincones de El Salvador y acercar
las oportunidades de empleo a todos los ciudadanos y ciudadanas.
El servicio que se presta a través de esa RED, se caracteriza por ser público,
gratuito e igualitario, ya que pretende fomentar y mantener los principios de
igualdad de oportunidades para toda la población sin discriminación de ningún
tipo y está orientado hacia la participación de todos los agentes sociales
dispuestos a colaborar con los procesos que se desarrollen, contando con
oficinas de gestión de empleo a nivel nacional en cada uno de los departamentos
del país, y un Software de Intermediación Laboral, logrando colocar el
Ministerio por medio del Servicio Público de Empleo en el año 2006 a un total
16,102 personas en el Mercado de Trabajo.
Otra estrategia nacional del servicio público de
empleo es el Programa de Ferias de Empleo,
el cual ha sido implementado desde el año 2002, teniendo como objetivo
facilitar el acercamiento entre la oferta y la demanda de trabajo para la
población en general, proporcionando el acceso a información vital para su
incorporación y desarrollo en el mercado de trabajo, con la ventaja de reunir
en un mismo lugar a los buscadores y oferentes de empleo. Dentro de esta
estrategia nacional se encuentran las ferias de empleo dirigidas a la población
en general, y a grupos especiales entre los que tenemos a los jóvenes siendo
estas: de primera inserción laboral, ferias para jóvenes de temporada y ferias
de autoempleo.
Otra estrategia diseñada
por el Ministerio de Trabajo, es la de Intermediación Laboral Para Jóvenes, con
la que han formulando una propuesta de política nacional para el fomento del empleo
juvenil, la cual orientará las acciones necesarias
para que éste importante sector de la población, pueda integrarse de forma más
productiva en el mercado laboral del país. En ese esfuerzo han participado más
de 100 instituciones públicas y privadas, destacando la participación de
empresarios, trabajadores y jóvenes, contando con apoyo de Organismos de
Cooperación Internacional. En está propuesta han
definido 6 áreas estratégicas, de las
cuales establecieron medidas concretas para su implementación, las cuales son: Orientación
Laboral, Formación para el Empleo, Intermediación Laboral, Análisis de
Información Laboral, Formación de Emprendedores y Servicios de Creación de
Nuevas Empresas.
El proyecto de Comunidades Juveniles Emprendedoras, es
otra estrategia del Ministerio de Trabajo, la cual ha sido diseñada en coordinación con la OEI y el INSAFORP, desarrollando
está iniciativa para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, apoyando sus
capacidades emprendedoras para que constituyan sus propias microempresas.
Con este Proyecto se han beneficiado a más de 300 jóvenes
que han presentado alrededor de 35 proyectos productivos.
De igual manera el Ministerio de Trabajo, ha
desarrollado el Proyecto denominado “Promoción del Empleo
Juvenil y la Formación
Ocupacional en siete Municipios del Área Metropolitana del Gran San
Salvador/AMSS”, el cual será implementado próximamente
y contará con el apoyo de la Unión Europea, y el Proyecto PROJOVENES; el
objetivo principal de este proyecto es mejorar los niveles de inserción laboral y
autoempleo de la población joven de los 7 municipios más poblados de San
Salvador, a fin de mejorar la calidad de vida y prevenir la delincuencia.
Persigue como resultados el ampliar y fortalecer la cobertura del servicio
público de empleo, en las áreas de intermediación para el empleo y orientación
ocupacional; potenciar el desarrollo de las competencias socio-laborales de 600
adolescentes y jóvenes para complementar la formación ocupacional y los
programas de prevención de la violencia juvenil; articular la capacitación para
un aproximado de 300 jóvenes, así como la asistencia técnica y el crédito para
el fortalecimiento de 25 iniciativas productivas instaladas en el proyecto
PROJOVENES; fortalecer la capacidad institucional del Ministerio de Trabajo en
el área de empleo juvenil y formación ocupacional, específicamente del Departamento
de San Salvador.
El
Ministerio de Trabajo, para contribuir al fomento del empleo de los jóvenes
realiza actividades tales como:
- Programas
de Aprendizaje: Anualmente el Ministerio, promueve más
de 1000 contratos de aprendizaje, además está impulsando el Proyecto de Ley de
Aprendizaje, el que está a cargo de la Comisión Nacional para la Modernización
Laboral, conocida por sus siglas como CONAMOL, con está Ley se facilitará la
educación e inserción de los jóvenes en las empresas.
-
Asesoría y referencia a programas de capacitación y reconversión laboral:
Esta actividad tiene el objetivo de contribuir
a la disminución de los índices de violencia juvenil, el Ministerio de Trabajo
ha instalado oficinas juveniles de gestión de empleo, que brindan los servicios
de información laboral y de becas de capacitación para jóvenes en conflicto con
la ley. Esta iniciativa es ejecutada en coordinación con el PNUD.
De igual forma en la región
oriental del país, el Ministerio está desarrollando el programa de formación
ocupacional como parte de los servicios que brinda la red de oficinas locales
de empleos instaladas en la micro región del Golfo de Fonseca, a la fecha han
sido beneficiados más de 200 jóvenes con programas de formación profesional en
las áreas de industria, comercio y servicios, destacándose en las
especialidades de construcción, informática, turismo, reparación de naves
acuáticas, y alimentación entre otras.
Cuando los proyectos llevados a cabo
por el Ministerio de Trabajo tienen componentes de formación, son ejecutados en
coordinación con el INSAFORP, el cual es una institución descentralizada del
Ministerio.
II. FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL SALVADOR.
1. Importancia.
La nueva economía cada día es más competitiva, más exigente,
junto a las nuevas formas de trabajo, flexibles, de mayor autonomía para el
trabajador, requiriendo en cambio, una mayor iniciativa y mayor
responsabilidad, todo ello viabilizado por la revolución tecnológica en curso.
La tecnología está provocando una
enorme transformación en la producción y en la organización del trabajo y la
falta de un pacto social hace que el mercado de trabajo sea un gran ruedo donde
todo vale. Las reglas tradicionales son cuestionadas y las partes no confían en
negociaciones con nuevos términos contractuales.
Posiblemente el prestigio o la
importancia de la formación profesional se deba justamente a la confusión
existente en el escenario, donde se presenta como una unidad mejor organizada
que otros componentes del sistema económico, con la ventaja de imprimir su
huella en lo social.
Podemos entender que la formación
profesional es un instrumento fundamental para ingresar al mercado de trabajo o para
facilitar el reingreso de los desempleados, ya que depende de la formación con
la que se cuente para ser competitivos y poder optar a un mejor empleo y por
ende a mejores condiciones de vida.
De allí la importancia de la formación
profesional, ya que existe una relación directa proporcional entre mayores años
de educación y mejores condiciones de inserción laboral, no cabe la menor duda
que la educación es un factor estratégico para mejorar las condiciones en las
que los jóvenes pueden tener mejores empleos y mayores niveles salariales.
Asimismo la importancia de la habilitación para el trabajo y la formación
profesional, como la educación formal, resultan en áreas prioritarias de
atención, tanto del estado como de los sectores privados de la economía, cuya
productividad depende de la cantidad y de la calidad de los recursos humanos.
2. Marco
Jurídico.
El derecho a la
formación profesional en El Salvador, está regulado a partir de la Constitución
la cual establece en su artículo 40 incisos primero y
segundo, que se establece un sistema de
formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos
humanos, dejando la facultad de regular los alcances, extensión y forma a una
ley especial. Con el propósito de dar cumplimiento a este artículo, la Asamblea
Legislativa emitió, la Ley de Formación Profesional[10],
la cual dio inicio a la creación del Instituto Salvadoreño de Formación
Profesional (INSAFORP), teniendo este la misión de facilitar el acceso a los
servicios de orientación, asesoría y capacitación, de acuerdo a las necesidades
y tendencias del mercado laboral, mejorando la productividad con el
fortalecimiento de las organizaciones y del recurso humano, contribuyendo así a
elevar la competitividad de El Salvador.
El Reglamento
de la Ley de Formación Profesional,[11]
tiene por objeto facilitar y asegurar el cumplimiento de la Ley de Formación
Profesional, el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional y la
operatividad del Sistema de Formación Profesional o Sistema Nacional de
Formación Profesional, creados para incrementar la productividad y competitividad de la
fuerza laboral y lograr mejores niveles de bienestar para la población.
De igual manera
el Código de Trabajo estipula, que el Estado velará por el respeto de los
principios de igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación,
incluyendo el acceso a la formación
profesional; y en las disposiciones generales del trabajo de los menores regula,
que estos pueden ser contratados a partir de la edad de 17 años, en labores
peligrosas o insalubres, siempre que éste garantizada la salud, seguridad y moralidad
de los menores y que éstos hayan recibido instrucción o formación profesional
adecuada y especifica en la rama de la actividad para la cual serán
contratados.
Como ya se ha
mencionado anteriormente al Ministerio de Trabajo le corresponde, promover la
formación profesional de los recursos humanos, formulando, ejecutando y
supervisando la política sociolaboral del país”, y siendo la instancia dentro
del Ministerio, la competente la Dirección General de Previsión Social y Empleo.
3. Sistema Educativo.
El Sistema Educativo de El
Salvador está dividido en dos subsistemas: la Educación Formal y la Educación
no Formal. Este sistema se conforma con los niveles de estudios, sus ciclos y
las edades normales de las personas que se incorporen.
Según la Ley de General
de Educación,[12] le
corresponde al Ministerio de Educación
(MINED) de El Salvador, la administración de la educación formal del país.
En el actual sistema educativo, la educación media tiene dos vertientes: el
bachillerato general y el bachillerato técnico vocacional (el cual se subdivide
en nueve diferentes tipos de bachillerato). Este último tiene una duración de
tres años, en la jornada diurna, y cuatro, en la nocturna. Su objetivo es
capacitar al educando para que pueda continuar estudios superiores o
incorporarse al mundo laboral.
La educación formal
comprende el sistema de educación superior, el cual tiene tres enfoques: la educación
universitaria, los institutos tecnológicos y los institutos especializados[13].
El sistema está regulado por la Ley de
Educación Superior que creó el Consejo
de Educación Superior, definido como órgano consultivo y propositivo del
Ministerio de Educación (MINED).
Las modalidades de
educación técnica del nivel medio cubren una amplia gama de familias
profesionales. En la modalidad industrial se ofrece mecánica, automotores,
electricidad, arquitectura y construcción; Comercio y Administración, que
también se ofrece a distancia, incluye secretariado, contaduría, computación y
comercialización; en Navegación y Pesca, se ofrece mecánica y construcción
naval, navegación y artes de pesca, procesamiento y control de calidad; en la
“Técnicas Vocacionales”, se imparten cursos de belleza, corte y decoración,
alta costura y diseño.
Se debe destacar que en el
nivel medio se administran pruebas de suficiencia, con el objeto de facilitar
el acceso de oportunidades educativas a personas que por un proceso de
autoformación, han logrado niveles cualitativos de desarrollo humano y
desempeño profesional; mismo que para reconocer y acreditar cualidades y
capacidades de personas que por su autoformación y experiencia, deseen
incorporarse en el nivel de educación media o acreditarse para continuar
estudios superiores. La Educación Técnica Media está regulada por el Ministerio
de Educación de El Salvador.
Educación
Superior Tecnológica
Los Institutos Tecnológicos
Salvadoreños son aquellos que ofrecen carreras en dos campos; el de la
Ingeniería de la Producción y el de la Gestión y Administración de Servicios.
Tienen como marco normativo la Ley General de Educación y la Ley de Educación
Superior.
Para ingresar a carreras
tecnológicas del nivel superior, se requiere haber concluido la Educación Media
o su equivalente. En la actualidad no hay equivalencias entre estudios
tecnológicos y estudios universitarios.
Los Institutos Tecnológicos
estatales o públicos se crean
por Decreto o por Acuerdo Ejecutivo. No son entidades autónomas, y en
consecuencia, dependen administrativa, técnica y financieramente del Estado.
Para su funcionamiento se le asigna una partida anual, dentro del presupuesto
general del Estado. Sin embargo, en la actualidad se impulsa un vigoroso
proceso de participación efectiva del sector privado en la administración de
los institutos tecnológicos estatales.
Los institutos tecnológicos
imparten únicamente carreras técnicas, que conducen a títulos técnicos de
pregrado tales como “técnico en ingeniería”, “técnico en agronomía”, etc. No
están autorizados para ofrecer programas de grado y postgrado. Las carreras
técnicas tienen una duración de dos (2) y tres (3) años. La aprobación de los
planes y programas de estudio de las instituciones privadas de Educación
Superior, corresponde al Ministerio de Educación.
4. Instituto
Salvadoreño de Formación Profesional INSAFORP.
El Instituto
Salvadoreño de Formación Profesional conocido por sus siglas como INSAFORP, es
la institución que tiene la responsabilidad, la dirección y coordinación del
Sistema de Formación, para la capacitación y calificación de los recursos
humanos del país, está institución fue creada el 2 de junio del año 1993, como
una institución de derecho público, con autonomía económica y administrativa y
con personalidad jurídica.
Al igual que las demás
Instituciones de Formación Profesional de América Latina, se le responsabiliza
de organizar y coordinar el Sistema Nacional de Formación Profesional, elaborar
la política nacional de Formación Profesional, realizar investigaciones para
determinar las necesidades, dictar normas, diseñar y aprobar programas, brindar
apoyo técnico y pedagógico a los centros, entre otros objetivos.
El INSAFORP, es la más
joven de las Instituciones de Formación Profesional de Latinoamérica. Previo a la creación de está
entidad, en 1992, el Gobierno Salvadoreño había firmado un convenio con la
Unión Europea para llevar a cabo un “Sistema Nacional de Formación Profesional
moderno y adecuado”. Este convenio tenía como propósito principal desarrollar
el “Programa Nacional de Formación Profesional” conocido como PRONAFORP.
La dirección
del INSAFORP, está a cargo de un Consejo Directivo Tripartito, conformado por
cuatro representantes del Sector Empleador, tres representantes del Sector
Laboral y tres representantes del Sector Gobierno, con sus respectivos
suplentes.
Para el logro
de sus objetivos, el INSAFORP puede utilizar todos los medios, métodos y
mecanismos que sean aplicables a la formación profesional, función que cumple
coordinando el conjunto de elementos humanos, materiales y financieros, tanto
públicos como privados disponibles en el país.
La demanda de
formación puede provenir de dos fuentes: de la población desempleada y
subempleada, o de las empresas. Estas dos fuentes pueden solicitar la
capacitación directamente a la Institución, o por medio de organismos
intermedios que coordinan con el INSAFORP para que se gestione la capacitación
solicitada.
Los organismos
intermedios que gestionan capacitación para las empresas son: las cámaras,
gremiales, asociaciones, comisiones técnicas asesoras, comités, grupos de
trabajo o comités de Unidades de Capacitación Empresarial. Para gestionar
capacitación dirigida a la población desempleada o subempleada, existen los
comités de Apoyo a la Formación Profesional (CAFORPROS).
Por otra parte,
los oferentes de servicios de capacitación son principalmente la red de centros
colaboradores, las empresas de capacitación y los capacitadores independientes,
quienes ejecutan las capacitaciones solicitadas por la población y las
empresas. En cuanto a la oferta, también existe un organismo intermedio llamado
Comité de Centros Colaboradores, el cual coordina a la Red de Centros
Colaboradores con el INSAFORP, para la ejecución de las acciones de
capacitación.
Le corresponde
al INSAFORP dar los lineamientos y medidas de
políticas de formación profesional, las metodologías y los apoyos didácticos a
los centros colaboradores, así como, subvenciones económicas que sean pactadas
con cada centro colaborador, de igual forma le corresponde el control,
evaluación y certificación de la formación profesional realizada por estos
centros.
Otros dos
actores importantes del Sistema de Formación Profesional son los organismos de
cooperación y el Gobierno de El Salvador.
Los organismos
de cooperación internacionales brindan cooperación técnica y financiera a las
gestiones de capacitación realizadas por este Instituto. Entre acciones de
cooperación de los organismos internacionales en relación con el INSAFORP y con
el Sistema de Formación Profesional existen proyectos y programas como el
Proyecto INSAFORP/GTZ, el cual estableció las bases para la creación y
desarrollo del Sistema de Formación Profesional
Además del INSAFORP, existen centros
de Formación Profesional con larga tradición en desarrollo de programas, tales
como: el Centro de Capacitación Industrial de la Asociación Salvadoreña de
Industriales (CCI/ASI), el Centro de Formación Profesional Don Bosco, el
Instituto Tecnológico Centro Americano (ITCA) y otros.
4.1. Programas de formación profesional del INSAFORP.
El INSAFORP tiene diferentes programas de formación y capacitación
dentro de los cuales vincula a los jóvenes, siendo los principales los
siguientes:
Empresa centro.
La Formación Inicial bajo
la Modalidad de Empresa Centro, tiene como objetivo desarrollar acciones
formativas sistemáticas e integrales que vinculen la formación teórica con la
práctica y que respondan a la demanda del sector productivo, en concordancia
con las necesidades de la población, a fin de contribuir a elevar la
productividad y competitividad de las empresas.
Esta modalidad cuya
característica principal es vincular la formación práctica en una empresa, con
la teoría que se desarrolla en un Centro de Formación, permitiendo a los
aprendices adquirir de manera sistemática, progresiva e integral, los
conocimientos necesarios para el desarrollo de actividades en cada uno de los
departamentos o áreas de la empresa, de acuerdo al Plan de Formación Práctica
del programa, bajo la orientación y supervisión de un Monitor, esto es lo que
conocemos como el binomio formación - trabajo.
Teniendo por objeto esta modalidad,
formar a jóvenes de uno u otro sexo en una ocupación por medio de un proceso de
enseñanza – aprendizaje, que se realiza en una empresa formadora y en un centro
de formación profesional; permitiendo al futuro profesional adquirir de manera
sistemática, progresiva e integral, los conocimientos necesarios para el
desarrollo de actividades en cada uno de los departamentos o áreas de la
empresa de acuerdo al plan de formación práctica del programa.
Este programa esta dirigido
a jóvenes entre 16 y 25 años de edad, con escolaridad mínima de 9º grado y con
deseos de superarse y de incorporarse como aprendiz a una empresa, y de igual
manera esta dirigido a personal de las empresas que desarrollan muy pocas
habilidades en el puesto de trabajo; para ello se requiere de un mutuo acuerdo
entre el empleador y el trabajador.
Las áreas consideradas para
el desarrollo del Programa de Formación Inicial, modalidad Empresa - Centro,
seleccionadas a partir de la demanda formativa son: Administración, Comercio,
Automotriz, Electricidad, Hoteles y Restaurantes, Metalmecánica, Confección
Industrial e Informática.
Habilitación para el
trabajo.
Mediante este Programa, el
INSAFORP apoya a la población vulnerable desempleada o subempleada, a través de
la formación profesional, a fin de mejorar sus capacidades para la generación
de ingresos en el contexto del desarrollo local y regional.
Este programa esta orientado
primordialmente, a atender la población económicamente activa que busca
incorporarse rápidamente al mercado laboral o mejorar el nivel de ingreso
familiar, mediante el empleo en empresas existentes o la generación de auto
empleo.
Para el año 2006, se
implementó una estrategia de capacitación para el abordaje de la problemática
de la juventud, como sector más afectado por la falta de formación profesional
y empleo, así como otros sectores tales como: madres solteras, población urbano
- marginal, jóvenes en riesgo de exclusión social, población interna de los
Centros Penitenciarios, adultos mayores y discapacitados, entre otros.
III.
SECRETARIA NACIONAL DE LA JUVENTUD.
Como ya se ha manifestado
anteriormente esta Secretaría surge en el marco del
Plan de Gobierno “País Seguro” 2004-2009, en el cual se establecen diez
programas presidenciales prioritarios,
entre los cuales se ubica, de manera destacada, uno centrado específicamente en
las y los jóvenes. “El objetivo de este Programa es coordinar los esfuerzos
interinstitucionales que desarrollan programas para jóvenes, incluyendo las
municipalidades”. En dicho marco se destaca que “las principales áreas de
trabajo incluirán: arte y cultura, informática, programa de becas, deporte y
recreación, voluntariado, prevención en salud y educación de la sexualidad,
prevención de adicciones, prevención de conflictos y de la violencia, programas
alternativos en educación, formación
profesional, inserción laboral y bases empresariales, educación para la
vida y fortalecimiento de la autoestima y los valores”. En términos operativos,
el Plan de Gobierno establece que: “este Programa será presidido por un
Comisionado Presidencial que tomará el nombre de Secretario Nacional de la
Juventud”. Y, en consonancia con la destacada prioridad asignada al tema, el
Secretario Nacional de la Juventud, asumió funciones en la misma instalación
del Gobierno, y comenzó de inmediato con la conformación de la Secretaría
Nacional de la Juventud. En su conjunto, los elementos reseñados muestran con
claridad la relevancia que las y los “jóvenes” tienen para el nuevo Gobierno.
El Plan Nacional de
Juventud, presentado en enero de 2005, da una respuesta al Plan de Gobierno.
Para su diseño efectivo, la Secretaría Nacional de la Juventud realizó amplias
y plurales consultas con jóvenes y adultos en todo el país, incluyendo las
diversas instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, que
operan en estos dominios, con la finalidad de recoger todas aquellas propuestas
que pudieran nutrir de contenidos programáticos y operativos este Plan,
objetivo que se ha logrado plenamente. En tal sentido, el Plan Nacional de
Juventud procura la obtención de tres grandes objetivos:
1. Mejorar la calidad de
vida de las y los jóvenes.
2. Promover el
desarrollo juvenil a todos los niveles.
3. Atender a los grupos
juveniles vulnerables y excluidos.
REFERENCIAS.
CEPAL - OIJ
2004. La juventud en Iberoamérica: tendencias y urgencias. XII Conferencia Iberoamericana
de Ministros de Juventud. OIJ, Mexico.
Código de
Trabajo, El Salvador.
Constitución
de La República de El Salvador.
Gobierno de El Salvador 2003. Plan de Gobierno 2004-2009. Disponible
en www.rree.gob.sv/sitio/sitio.nsf/0/9152999b18c314a706256eb600692813?OpenDocument
INSAFORP,
2002. Jóvenes y mercado de trabajo
urbano en El Salvador.
Ley de Formación Profesional,
El Salvador.
Ley de
Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, El Salvador.
Ley
General de Educación, El Salvador.
Mayo de 2006.
Oferta, Demanda e Intermediación Laboral: aportes para la integración de
jóvenes al mercado de trabajo salvadoreño. Documento Compilado en el marco de
las actividades del proyecto “integración de jóvenes en el mercado laboral
(GER/03/099)”, ejecutado por la Comisión Económica para América Latina y el
Caribe (CEPAL) en conjunto con la Deutsche Gesellschaft für Technische
Zusammenarbeit (GTZ) y financiado por el Ministerio Federal de Cooperación Económica
y Desarrollo de Alemania. El Salvador.
Ministerio de
Trabajo y Previsión Social, Dirección General de Previsión Social.
Reformas
al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, creación de la Secretaría Nacional
de la Juventud, El Salvador.
Reglamento de Formación Profesional, El Salvador.
Secretaría de
la Juventud 2004. Plan Nacional de Juventud
2005-2015, El Salvador. Pagina web: www.jovenes.gob.sv
[1] Naciones Unidas:
Statistical Charts and Indicators on the Situation of Youth, 1970-1990 (Nueva
York, 1992).
[2] Reformas
al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (por medio del Decreto Ejecutivo
número uno con fecha 1 de junio de 2004, publicado en el D. O. Nº 100, tomo Nº
363 de la misma fecha) que estipulan la creación de la Secretaría Nacional
de la Juventud ,
como la entidad responsable de velar por el bienestar de la juventud.
[4]
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DE EL SALVADOR, Decreto No. 38 del 15 de diciembre
de 1983, Publicado en el Diario Oficial No. 234, Tomo No. 281, de 16 de
diciembre de 1983.
[6] Capítulo Quinto del trabajo de las mujeres y de los
menores, sección tercera.
[7] Los menores de catorce años, y los que habiendo cumplido
esa edad sigan sometidos a la enseñanza obligatoria en virtud de la ley, no
podrán ser ocupados en ninguna clase de trabajo. Podrá autorizarse su ocupación
cuando se considere indispensable para la subsistencia de los mismos o de su
familia, siempre que ello no les impida cumplir con el mínimo de instrucción
obligatoria. La jornada de los menores de dieciséis años no podrá ser mayor de
seis horas diarias y de treinta y cuatro semanales, en cualquier clase de
trabajo. Se prohíbe el trabajo a los menores de dieciocho
años y a las mujeres en labores insalubres o peligrosas.
También se prohíbe el trabajo nocturno a los menores de dieciocho años. La ley
determinará las labores peligrosas o insalubres.
[8] Libro primero del derecho individual del trabajo, título
segundo sobre el trabajo sujeto a regímenes especiales, capítulo I, artículo 61
y siguientes, Código de Trabajo.
[10] Decreto Legislativo Nº 554, del 2 de junio de 1993,
publicado en el D.O. Nº 143, Tomo Nº 320 del 29 de julio de 1993.
[11] Decreto Legislativo Nº 43, del 19 de abril de 1999,
publicado en el D.O. Nº 97, Tomo Nº 343 del 26 de mayo de 1999
[12] Decreto Legislativo No. 917, del 12 de diciembre de 1996,
publicado en el Diario Oficial, No. 242, Tomo 333, el 21 de diciembre de 1996.
[13] Actualmente
existen 26 universidades (1 pública y 25 privadas), 9 institutos tecnológicos
de educación superior (5 públicos y 4 privados) y 5 institutos especializados
(1 público y 4 privados).
[1] Naciones Unidas:
Statistical Charts and Indicators on the Situation of Youth, 1970-1990 (Nueva
York, 1992).
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