13 de mayo de 2013

Licencia por Paternidad

LICENCIA POR PATERNIDAD
 
De conformidad al Decreto legislativo No. 332, publicado en el Diario Oficial el 19 de abril 2013, el cual entro en vigencia el 27 de abril del presente año, la Asamblea Legislativa reformo el artículo 29 del  Código de Trabajo, en relación a la LICENCIA POR PATERNIDAD, en el sentido que se concederán TRES DÍAS HÁBILES EN CASO DE NACIMIENTO O ADOPCIÓN,  siendo elección del trabajador si toma dicha licencia desde el día del nacimiento, de forma continua, o distribuidos dentro de los primeros quince días desde la fecha del nacimiento. En el caso de los padres adoptivos, el plazo se contara a partir de la fecha en que quede firme la sentencia de adopción respectiva.

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8 de mayo de 2013

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