Es la prima por cada año de trabajo que recibe el trabajador/a por parte de su empleador/a.
En la legislación salvadoreña dicha prima debe ser como mínima pagada de acuerdo a la antigüedad del trabajador/a. Así, el que tiene un año o más y menos de 3 años de servicio, la prestación equivalente al salario de 10 días. Para quien tuviere 3 años o más y menos de 10 años de servicio, la prestación equivalente al salario de 15 días. Para quien tuviere 10 o más años de servicio, una prestación equivalente al salario de 18 días.
De igual forma hay empresas que tienen la política de pagar el aguinaldo al 100% y esto viene a formar parte de la costumbre de empresa, o puede ser también de conformidad a otra fuente del derecho laboral, como el Reglamento Interno o el Contrato Colectivo, para lo cual viene a prevalecer sobre el Código de Trabajo.
De igual forma hay empresas que indemnizan a sus trabajadores/as año con año, para lo cual el trabajador/a no pierde su antigüedad para efecto del cálculo del aguinaldo.